El siguiente documento es la reacción oficial de la Fundación Caamaño a la Sentencia del Tribunal Constitucional (TC/0254/14) que suspende la ejecución de la Sentencia 040-2014 de TSA, que ordena el traslado de los restos del Presidente Caamaño al Panteón Nacional en cumplimiento a la Ley 04-13.
FUNDACIÓN FRANCISCO ALBERTO CAAMAÑO DEÑÓ
A los medios de comunicación y a todo el pueblo dominicano:
La Sentencia TC/0254/14, emitida por el Tribunal Constitucional plantea la suspensión de la sentencia 040-2014, que ordena el traslado de los restos mortales del Presidente Combatiente Caamaño al Panteón de la Patria. Pero esta última continúa vigente, pendiente de su revisión al fondo, lo cual esperamos se haga en los próximos días, y que el Tribunal actúe con la independencia y diligencia que le manda la Constitución.
Desde que el Congreso Nacional aprobó la Ley 4-13, se inició todo un entramado de acciones tendentes a destruir la veracidad de sus restos, que por más de 25 años estuvieron incuestionados. La mencionada ley ordena con precisión y claridad que los restos de Caamaño que se encontraban en el Cementerio de la Máximo Gómez fueran trasladados al Panteón de la Patria.
Violando la ley 4-13, respondiendo a marcados lineamientos, el ministro de cultura José Antonio Rodríguez solicitó que estos fueran objeto de un estudio genético. Procedimiento que a demás de ser contrarios a la ley, fueron contraindicados por todos los especialistas consultados, debido el avanzado estado de deterioro de estos, producto del fuego a que fueron sometidos, los químicos, y los más de 14 años en la tierra, expuestos a los microorganismos del suelo.
De manera ilegal los restos fueron puestos a cargo del INACIF, el cual no cuenta con laboratorios para análisis de ADN, y que nunca ha dicho que entidad subcontrataron para estos fines. Luego de casi un año con los restos bajo su custodia, y desobedeciendo una sentencia que ordenaba la paralización de dichos estudios, el Procurador General de la República hace público un informe, el cual, sin ningún tipo de criterio científico, declara que los restos analizados no corresponden a Francisco Caamaño Deñó. Un estudio lleno de vicios metodológicos y procedimentales, que evidenció la realidad de que el INACIF no cuenta entre su personal con un solo especialista en este tipo de análisis, como luego pudimos confirmar. Este estudio, considerado como una aberración por los expertos nacionales y extranjeros consultados, fue de tal pobreza probatoria y científica que el tribunal que conocía de la acción de amparo de cumplimiento ni siquiera lo consideró al momento de emitir su sentencia.
En estos días el Tribunal Constitucional acogió un recurso de suspensión de la Sentencia 040-2014 del Tribunal Superior Administrativo. Lo cual está entre las atribuciones de dicha alta corte, pero que no compartimos.
Esperamos que el mismo poder que desde 1965 se ha opuesto a que Caamaño Deñó sea reconocido en su justa dimensión, no se imponga por encima de los criterios de justicia y la correcta interpretación de las leyes. Confiamos que los magistrados miembros de Tribunal Constitucional están conscientes de la dimensión histórica de la decisión que van a tomar, y de lo que eso implicará en la apreciación que de ellos tiene el pueblo dominicano.
Francisco Alberto Caamaño Deñó representa la continuación moderna de la lucha por la verdadera soberanía de la República Dominicana, su ejemplo es el más alto símbolo de la lucha antimperialista en América Latina, por lo que su memoria es un objetivo a destruir del imperio norteamericano y de los gobiernos serviles a ellos que hemos tenido.
Claudio Caamaño Grullón
Presidente Fundación Caamaño